Diferencia entre las sociedades anónimas y las sociedades de emprendimiento

Una sociedad es un grupo de personas con una relación entre sí, de acuerdo a normas jurídicas, comparten la misma cultura en un espacio y tiempo determinado.

Tipos de sociedad

Existen diferentes tipos de sociedad, a saber:

  • Sociedad civil: conjunto de individuos o ciudadanos que conforman la ciudadanía de un país.
  • Sociedad mercantil: tipo de sociedad que tiene como finalidad desarrollar una actividad económica con fines de lucro.
  • Sociedad anónima: tipo de sociedad en la que se agrupan empresarios y la conforman por acciones que representan el capital social de la empresa.
  • Sociedad de emprendimiento: tipo de sociedad comercialmente operativa con finalidad económica social dirigida a la creación de procesos, productos innovadores o servicios y representan creaciones de valor o beneficio social.

Diferencia entre sociedad anónima y sociedad de emprendimiento

En Panamá la Ley de Sociedades Anónimas establece como requisito para su constitución la existencia de por lo menos un accionista que puede ser de cualquier nacionalidad, que resida en cualquier lugar del mundo y mayor de edad. Puede ser accionista de una S.A. una persona jurídica extranjera o nacional, siempre que demuestre su vigencia al momento de la constitución de la nueva sociedad. Exige también, la existencia de por lo menos 3 directores mayores de edad, con pasaporte vigente y residencia o nacionalidad de cualquier parte del mundo para la suscripción del pacto social.

Para el caso de la sociedad de emprendimiento, recién aprobada, la normativa establece que para su constitución, deben existir entre 2 o 5 personas naturales, llamadas otorgantes, mayores de edad, de cualquier nacionalidad pero con residencia en la República de Panamá. Una característica que la hace diferente de S.A. es que quien pertenece a una sociedad anónima no puede pertenecer a una sociedad de emprendimiento, u a otra sociedad. Veamos algunas diferencias notables:

Necesidad de un capital social

El capital social de una S.A. necesario establecido en la Ley de Sociedades Anónima de Panamá es diferente al de la sociedad de emprendimiento. La Sociedad Anónima exige un capital social mínimo de $10,000 USD. En el caso de Sociedad de Emprendimiento, la ley establece un mínimo de capital social más accesible a emprendedores medios de $500 USD.

Límite a los ingresos

En el caso de la Sociedad Anónima no existe un límite de ingresos. En la Sociedad de Emprendimiento, y por su naturaleza, si se han establecido límites de ingresos, consiste en que una empresa que genere más de un millón de dólares brutos en un año fiscal, deberá transformar su personalidad a otra modalidad jurídica en un plazo no mayor de 6 meses.

El pago de impuestos

En este aspecto es donde hay mayor diferencia. La Sociedad Anónima debe pagar puntualmente su tasa única para poder operar, debe tener una impresora fiscal y el pago de impuestos sobre la renta siempre que éste se genere dentro de Panamá, además de los demás impuestos exigidos por la ley.

En el caso de la Sociedad de Emprendimiento, debido a su naturaleza, en primer lugar no paga tasa única anual, no necesita impresora fiscal, no paga impuesto sobre la renta en un plazo de dos años desde su constitución.

¿Qué opinas sobre esto? ¿Estás pensando en conformar alguno de estos tipos de sociedad?

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Imagen de yanalya vía Freepik.es bajo licencia creative commons.

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